El Crédito cubre la malla curricular completa de la carrera. Por lo tanto, no necesitas postular para el siguiente año académico. Sin embargo, como el financiamiento es anual, lo que deberás hacer cada año es renovar el Crédito, matriculándote en tu institución, con derecho al CAE, y detallando el monto que vas a requerir para el arancel de tu carrera, a través de un formulario electrónico que está disponible en la sección “Mi Crédito CAE” de www.ingresa.cl
Tu Crédito CAE podrá ser renovado para el Año Académico 2025, en la medida que:
¡IMPORTANTE! Si NO pides el financiamiento, el Crédito CAE no será renovado.
Para definir el monto que vas a necesitar, ten presente que del valor anual que te cobrará la institución por tu carrera en 2025, Comisión Ingresa descontará otras ayudas que podría asignarte el Ministerio de Educación para el pago del arancel (como becas y el Crédito Fondo Solidario). La diferencia, la podrás complementar con el Crédito CAE hasta por un monto máximo equivalente al 100% del Arancel de Referencia de la carrera.
Si el Ministerio de Educación te otorga la gratuidad, no te será asignado el Crédito CAE.
Para conocer el valor anual que te cobrará tu institución, contacta al Área de Finanzas y/o de Ayudas Estudiantiles de tu sede.
La Ley establece que debes mantenerte como alumno regular de tu institución de educación superior. Sin embargo, cada casa de estudios puede establecer exigencias académicas adicionales para renovar anualmente este Crédito, siempre que estén incorporadas en algún reglamento oficial de la institución que sea conocido por los estudiantes.
Para que tengas una referencia, revisa si tu institución de estudios tuvo requisitos propios para autorizar la renovación del CAE para el año 2024.
Solicita el monto de crédito que vas a necesitar para el Año Académico correspondiente en Mi Crédito CAE, de www.ingresa.cl
¡IMPORTANTE! Si NO pides el financiamiento, el Crédito CAE no será renovado.
Sí. La Ley N° 20.027 establece que los beneficiarios extranjeros podrán financiar sus carreras con el Crédito, en la medida que siga vigente su residencia definitiva en Chile. Para acreditar el cumplimiento de ese requisito, en el período de renovación del CAE, deberás presentar en tu institución un Certificado de Residencia Definitiva vigente, emitido por la Policía de Investigaciones de Chile (PDI).
La ley establece un número máximo de años para mantener el Crédito:
¡IMPORTANTE! Cada año adicional representa un nuevo desembolso de Crédito, lo que incrementará el saldo total de tu deuda y la cuota que deberás pagar.
Sí, pero sólo una vez. El cambio de carrera y/o institución se contabilizará, para efectos del Crédito, únicamente si el beneficiario efectivamente utiliza el financiamiento en la nueva carrera/institución.
Para trasladar tu Crédito CAE:
¡Atención! Si bien la ley permite un único cambio, en las siguientes situaciones, podrás solicitar autorización para un segundo traslado de tu Crédito CAE:
¡ATENCIÓN! EL LUNES 19 DE AGOSTO 2024 venció el plazo, informado por Comisión Ingresa, para recibir solicitudes para realizar un segundo cambio de carrera/institución en el año 2024, manteniendo el Crédito CAE.
El Crédito se otorga para financiar el arancel anual de una carrera, en función de la matrícula registrada en marzo/abril. Si te cambias en el segundo semestre, no será posible cubrir ese período con el CAE. Sin embargo, en la medida que cumplas con las exigencias de renovación en la nueva carrera/institución, podrás contar con el financiamiento a partir del siguiente año académico.
1. Podrás hacer continuidad de estudios con el mismo crédito, si no ha sido registrado, en el Sistema del CAE, tu egreso de la primera carrera que estudiaste con el crédito, y siempre que la segunda carrera que te interese estudiar sea de la misma área de conocimiento y de mayor rango académico que la anterior (por ejemplo, de Técnico en Enfermería a Enfermería). Si es tu caso, deberás asegurarte de que la institución donde cursarás la segunda carrera, te registre en el Sistema del CAE como renovante con continuidad de estudios (contacta para esto al Área de Ayudas Estudiantiles de la institución en la que harás la continuidad).
2. Si ya fue registrado tu egreso de la primera carrera, podrás hacer continuidad con un segundo Crédito:
¡ATENCIÓN! Si haces la continuidad de estudios con un segundo Crédito CAE (ya sea con o sin postulación), recuerda que:
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Si durante dos procesos de matrícula consecutivos (en marzo de cada año), Comisión Ingresa no recibe información de que hayas retomado los estudios en alguna institución participante del Sistema de Crédito, se declarará tu deserción académica (abandono de estudios).
El efecto será que ya no podrás utilizar el Crédito y el banco iniciará el cobro del financiamiento solicitado hasta ese momento.
Podrás solicitar a la Dirección Ejecutiva de Comisión Ingresa, que te autorice a extender la suspensión de tus estudios por más de un año, sin perder el Crédito CAE, si:
Para pedir que se extienda la suspensión, digita tu RUT y contraseña en el Sistema de Atención de Consultas, y adjunta una carta, con tus datos personales y de contacto, dirigida a:
Sr. Tomás Bayón Z.
Director Ejecutivo Comisión Ingresa
En la carta, recuerda explicar la razón de fuerza mayor que impide que puedas retomar los estudios y adjunta asimismo los documentos que acrediten esa circunstancia.
¡ATENCIÓN! EL LUNES 19 DE AGOSTO 2024 venció el plazo, informado por Comisión Ingresa, para recibir solicitudes de suspensión excepcional del Crédito CAE, por un año adicional.
Puedes revisar el estado de tu Crédito, AQUÍ.
Eso depende de las cláusulas del contrato que firmaste con tu institución de educación superior. Si la política de tu casa de estudios es cobrar todo el año, aunque te retires, el crédito se imputará al pago del arancel anual de tu carrera. En cambio, si la política es devolver o no cobrar los meses en que no se prestó el servicio educativo, el monto del Crédito que no utilizarás deberá ser devuelto al banco por medio de un prepago.
Podrás seguir renovando el Crédito hasta el término de tu carrera en dicha casa de estudios; sin embargo, la institución ya no podrá admitir nuevos beneficiarios del CAE y tampoco podrás cambiarte a otro plan de estudios impartido en ella.
No. El reglamento que rige el Crédito establece que ante situaciones que el estudiante no pueda controlar, como la revocación del reconocimiento oficial de una carrera o institución, u otro motivo de fuerza mayor previamente calificada por Comisión Ingresa, NO se le contabilizará al beneficiario el cambio de carrera o de institución que haya realizado.
Si es tu situación, debes enviar una solicitud formal al Director Ejecutivo de Comisión Ingresa, Sr. Tomás Bayón, a través del Sistema de Atención de Consultas de www.ingresa.cl
Sí. Comisión Ingresa ha determinado que la pérdida de acreditación de una casa de estudios es una causal de fuerza mayor que permite un segundo cambio.
Si es tu situación, debes enviar una solicitud formal al Director Ejecutivo de Comisión Ingresa, Sr. Tomás Bayón, a través del Sistema de Atención de Consultas de www.ingresa.cl
Como beneficiario y deudor del Crédito, el estudiante que renueva su CAE debe:
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