Es un beneficio del Estado que se otorga a estudiantes de probado mérito académico que necesitan apoyo financiero para iniciar o continuar una carrera de pregrado en una institución acreditada y participante del Sistema de Crédito con Garantía Estatal.
El Crédito es entregado por el sistema financiero y cuenta con dos garantes (avales):
POSTULACIÓN |
El beneficio consiste en la garantía o respaldo que otorga el Estado a los estudiantes que solicitan y obtienen el financiamiento. En términos prácticos, esto se traduce en:
Sí. Las condiciones de este crédito están reguladas por ley y son exactamente las mismas, independiente del banco que administre el crédito.
Usualmente, para que una persona pueda acceder a un crédito privado, se le exige un aval con ciertos ingresos que aseguren el pago de la deuda. Esto es especialmente válido, en el caso de estudiantes. En este sistema de financiamiento estudiantil, los garantes de los beneficiarios son:
La garantía no significa, en ningún caso, condonar o “perdonar” la deuda. El responsable del pago será siempre el estudiante, de manera que si la institución de educación superior o el Fisco se ven obligados a pagar el Crédito de un beneficiario, tendrán todas las atribuciones legales de exigirle la devolución del dinero.
Las exigencias mínimas están normadas en la Ley N° 20.027 y su Reglamento, y por lo que establece cada institución de educación superior.
Se otorga en Unidades de Fomento (UF).
Puedes revisar el valor de la UF, en el sitio del Servicio de Impuestos Internos.
Desde 2012, la tasa de interés del Crédito es de UF+2% anual.
Los requisitos académicos establecidos por ley para otorgar este beneficio, operan como un filtro para determinar qué postulantes son elegibles para el Crédito. Establecido lo anterior, Comisión Ingresa ordenará por nivel socioeconómico a los estudiantes que cumplen con esas exigencias y asignará el Crédito, partiendo por los postulantes que tengan mayores necesidades y hasta donde los cupos y el presupuesto nacional lo permitan.
Desde el año 2014, las condiciones presupuestarias han permitido que el Crédito CAE se otorgue sin restricciones socioeconómicas.
No hay un nivel de ingresos familiares preestablecido para obtener el Crédito. El beneficio se asigna, cada año, en función de los recursos presupuestarios disponibles y las vacantes que tengan las instituciones de educación superior para beneficiarios del CAE.
Desde el año 2014, las condiciones presupuestarias han permitido que el Crédito CAE se otorgue sin restricciones socioeconómicas.
Según la Ley N° 20.027, pueden otorgar el Crédito con Garantía Estatal para Estudios Superiores todas las instituciones financieras supervisadas por la Comisión para el Mercado Financiero.
La decisión de otorgar o rechazar los créditos es facultad exclusiva de la Comisión Ingresa, no de las instituciones financieras.
El CAE cubre todos los ramos incluidos en la malla curricular de la carrera. Por lo tanto, si obtienes el financiamiento, no necesitas postular cada año, sino renovarlo.
Para renovar el CAE para el siguiente año académico, lo que deberás hacer es: 1) matricularte en tu institución de estudios y 2) solicitar el monto que vas a necesitar en la sección “Mi Crédito CAE” de www.ingresa.cl en el plazo que informe oportunamente Comisión Ingresa en ese mismo sitio Web.
¡IMPORTANTE! Si NO pides el financiamiento, el Crédito CAE no será renovado.
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