Puedes suspender el cobro de tu Crédito CAE, si estudias un Magíster o Doctorado en el extranjero.
El beneficio se otorga por 12 cuotas, a partir del mes en que se inicia el postgrado, y se puede renovar hasta completar un máximo de 3 años, en el caso de un Magíster; y 4 años, si es un Doctorado.
¡IMPORTANTE! Las cuotas suspendidas se cobrarán al final de tu calendario de pago, manteniendo su mismo valor en UF, sin que se generen intereses por la suspensión de pago.
¿CUÁNDO POSTULAR?
Puedes solicitar la suspensión desde el mes anterior al inicio del cobro de tu Crédito; o bien, si ya estás pagando el CAE, a contar de la fecha más cercana posible al inicio del postgrado.
ATENCIÓN: el beneficio será aprobado siempre que no tengas más de 45 días de morosidad al momento de iniciar tu postgrado. Si lo pides con antelación y ya te están cobrando el Crédito, recuerda que deberás seguir pagando tus cuotas hasta que comiences el Magíster o Doctorado.
¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITAS?
Para optar al beneficio, debes presentar:
- Una carta formal dirigida al Director Ejecutivo de Comisión Ingresa, Tomás Bayón Zúñiga, firmada por ti, en la que solicites la suspensión de las cuotas de tu Crédito CAE por estudios de postgrado en el extranjero.
La carta debe incluir tus antecedentes personales (nombre completo, RUT, postgrado e institución de educación superior en que lo cursarás, etc.); correo electrónico; además del teléfono y dirección de tu representante en Chile (a quien se notificará la respuesta por escrito, en caso de encontrarte fuera del país).
- La fotocopia de tu cédula de identidad nacional por ambos lados.
- La carta de aceptación para cursar el postgrado, emitida por una institución de educación superior extranjera, que incluya la duración y fechas de inicio y término del programa; o bien, si ya estás cursando los estudios, un certificado de alumno regular del programa de postgrado, emitido en el mismo mes de la solicitud de suspensión, documento que debe incluir la duración y las fechas de inicio y término del programa. En aquellos casos en que la carta de aceptación tenga una fecha de emisión con anterior al mes en el cual es solicitado el beneficio, podrás presentar, en su reemplazo, un certificado de alumno regular con las características antes señaladas.
- Si ya estás pagando tu Crédito CAE, es recomendable que también adjuntes una copia del comprobante de tu última cuota pagada.
¡Importante!
- Los documentos deben ser entregados en su formato original.
- Si enviarás una copia física o digital, deberá estar autorizada ante notario público (si estás en Chile) o ante el Cónsul de Chile (o embajada concurrente), en el país donde el documento fue emitido, si ya estás en el extranjero. También serán válidos los documentos certificados por la autoridad competente de los países miembros del Convenio de la Apostilla.
- Si están en un idioma distinto al español, deberán contener una traducción simple, validada por la embajada concurrente.
¿CÓMO RENOVAR LA SUSPENSIÓN?
Para renovar anualmente el beneficio, tendrás que acreditar tu condición de alumno regular ante Comisión Ingresa. Puedes hacerlo, enviando la documentación, en formato digital, al correo electrónico [email protected] (e-mail habilitado sólo para recibir documentos, NO para responder consultas):
- Una carta formal dirigida al Director Ejecutivo de Comisión Ingresa, Tomás Bayón Zúñiga, firmada por ti, en la que solicites la suspensión de las cuotas de tu Crédito CAE por estudios de postgrado en el extranjero.
- La carta debe incluir tus antecedentes personales (nombre completo, RUT, postgrado e institución de educación superior en que lo cursarás, etc.); correo electrónico; además del teléfono y dirección de tu representante en Chile (a quien se notificará la respuesta por escrito, en caso de encontrarte fuera del país).
- La fotocopia de tu cédula de identidad por ambos lados; y
- Un certificado de alumno regular del postgrado, emitido el mismo año de la renovación, que incluya la duración y fecha de término del programa.
¡Recuerda!
- Los documentos deben ser entregados en su formato original.
- Si enviarás una copia física o digital, deberá estar autorizada ante notario público (si estás en Chile) o ante el Cónsul de Chile (o embajada concurrente), en el país donde el documento fue emitido, si ya estás en el extranjero. También serán válidos los documentos certificados por la autoridad competente de los países miembros del Convenio de la Apostilla.
- Si están en un idioma distinto al español, deberán contener una traducción simple, validada por la embajada concurrente.