El CRÉDITO - CARACTERÍSTICAS

Es un beneficio del Estado que se otorga a estudiantes de probado mérito académico que necesitan apoyo financiero para iniciar o continuar una carrera de pregrado en una institución acreditada y participante del Sistema de Crédito con Garantía Estatal.

El Crédito es entregado por el sistema financiero y cuenta con dos garantes (avales):

  • La institución en que está matriculado el estudiante (por el riesgo de deserción académica); y
  • El Estado, hasta que el beneficiario haya pagado el Crédito por completo, una vez egresado.

La postulación para el Año Académico 2024 se encuentra cerrada. El segundo y último plazo para solicitar los Beneficios Estudiantiles del Estado finalizó el 22 de marzo, a las 14:00 horas. Revisa las fechas importantes del proceso, aquí.

El beneficio consiste en la garantía o respaldo que otorga el Estado a los estudiantes que solicitan y obtienen el financiamiento. En términos prácticos, esto se traduce en:

  • Una tasa de interés fija y subsidiada por el Estado del 2% anual;
  • Acceso a financiamiento durante la carrera, para estudiantes que usualmente no tienen solvencia suficiente (como personas de bajos ingresos o que están en Dicom);
  • La deuda no se cobra (período de gracia) mientras el alumno estudia y hasta 18 meses después de su egreso, o bien, declarada su deserción.
  • Un conjunto de derechos: a cambiarse una vez de carrera/institución; a hacer continuidad de estudios con el mismo beneficio; a suspender el pago por 6 meses (renovables), por cesantía o desempleo; solicitar que las cuotas no excedan el 10% de la renta del deudor.

Sí. Las condiciones de este crédito están reguladas por ley y son exactamente las mismas, independiente del banco que administre el crédito.

Usualmente, para que una persona pueda acceder a un crédito privado, se le exige un aval con ciertos ingresos que aseguren el pago de la deuda. Esto es especialmente válido, en el caso de estudiantes. En este sistema de financiamiento estudiantil, los garantes de los beneficiarios son:

  • Las instituciones de educación superior, asegurando el pago del Crédito, en la eventualidad de que el beneficiario abandone los estudios (garantía académica); y
  • El Estado, quien es aval del estudiante hasta que éste haya pagado por completo el Crédito (garantía estatal).

La garantía no significa, en ningún caso, condonar o “perdonar” la deuda. El responsable del pago será siempre el estudiante, de manera que si la institución de educación superior o el Fisco se ven obligados a pagar el Crédito de un beneficiario, tendrán todas las atribuciones legales de exigirle la devolución del dinero.

Las exigencias mínimas están normadas en la Ley N° 20.027 y su Reglamento, y por lo que establece cada institución de educación superior.

Se otorga en Unidades de Fomento (UF).

Puedes revisar el valor de la UF, en el sitio del Servicio de Impuestos Internos.

Desde 2012, la tasa de interés del Crédito es de UF+2% anual.

Los requisitos académicos establecidos por ley para otorgar este beneficio, operan como un filtro para determinar qué postulantes son elegibles para el Crédito. Establecido lo anterior, Comisión Ingresa ordenará por nivel socioeconómico a los estudiantes que cumplen con esas exigencias y asignará el Crédito, partiendo por los postulantes que tengan mayores necesidades y hasta donde los cupos y el presupuesto nacional lo permitan.

Desde el año 2014, las condiciones presupuestarias han permitido que el Crédito CAE se otorgue sin restricciones socioeconómicas.

No hay un nivel de ingresos familiares preestablecido para obtener el Crédito. El beneficio se asigna, cada año, en función de los recursos presupuestarios disponibles y las vacantes que tengan las instituciones de educación superior para beneficiarios del CAE.

Desde el año 2014, las condiciones presupuestarias han permitido que el Crédito CAE se otorgue sin restricciones socioeconómicas.

Según la Ley N° 20.027, pueden otorgar el Crédito con Garantía Estatal para Estudios Superiores todas las instituciones financieras supervisadas por la Comisión para el Mercado Financiero.

La decisión de otorgar o rechazar los créditos es facultad exclusiva de la Comisión Ingresa, no de las instituciones financieras.

El CAE cubre todos los ramos incluidos en la malla curricular de la carrera. Por lo tanto, si obtienes el financiamiento, no necesitas postular cada año. 

Para renovar el CAE para tu siguiente año académico, lo que deberás hacer es: 1) matricularte en tu institución de estudios, y 2) solicitar el monto que vas a necesitar en la sección “Mi Crédito CAE” de www.ingresa.cl desde el 18 de diciembre 2023 al 25 de abril 2024.

 ¡IMPORTANTE! Si NO pides el financiamiento, tu Crédito NO será renovado.

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