RECOMENDACIONES PARA PAGAR

  • ¡Mantén tus datos de contacto actualizados! Así, el banco que administra tu Crédito CAE podrá enviarte oportunamente un aviso con la fecha en que comenzará el cobro de tus cuotas y evitarás problemas de morosidad. Actualiza tus datos de contacto tanto en el propio banco como en la sección “Mi Crédito CAE” de www.ingresa.cl

  • Infórmate cuándo debes comenzar a pagar. Si bien tu banco debe avisarte oportunamente el inicio del cobro, es tu responsabilidad como beneficiario y deudor de un crédito, mantenerte atento a esa fecha, contactando directamente al banco o a Comisión Ingresa. Si no recuerdas qué banco administra tu Crédito CAE, revisa tu Historial Financiero en la plataforma Mi Crédito CAE.

  • Revisa a qué beneficios de pago te podrás acoger. En la medida que estés al día en tus cuotas:

    • se rebajará automáticamente la tasa de interés de tu Crédito a UF + 2% anual (si obtuviste el CAE entre 2006 y 2011);
    • podrás solicitar cuotas no mayores al 10% de lo que ganas;
    • podrás suspender el cobro si no tienes trabajo o realizas un postgrado en el extranjero; o bien,
    • tendrás derecho a pedir el reembolso de cuotas pagadas, si egresaste y trabajas en una de las comunas más necesitadas del país.

REPROGRAMA LAS CUOTAS MOROSAS

Todos los deudores que tengan al menos 2 cuotas impagas de su Crédito CAE, incluyendo a las personas cuya deuda fue pagada -ante una morosidad prolongada- por los garantes o avales, pueden regularizar su situación, pagando UNA cuota, sin cobro de intereses moratorios ni gastos de cobranza.

Infórmate cómo quedar al día y acceder a los beneficios de pago del Crédito CAE, en www.reprogramacae.cl

¿QUÉ PASA SI NO PAGO EL CRÉDITO CAE?

Si dejas de pagar oportunamente tres o más cuotas consecutivas de tu Crédito CAE, el banco ejercerá las acciones de cobranza respectiva. En una primera instancia de cobro, será posible pagar las cuotas atrasadas y recuperar el servicio de pago normal de la deuda. Sin embargo, si el incumplimiento persiste, el banco deberá ejercer acciones de cobranza judicial que implicarán la aceleración y exigibilidad de toda tu deuda (es decir, el banco ya no cobrará cuotas, sino el monto total de la deuda, incluido sus intereses y toda otra cantidad que forme parte de ella, tal como está consignado en tu contrato).

Ten en cuenta que el Crédito que financió tus estudios ha sido otorgado por un banco y, en consecuencia, está sujeto a la normativa que dichas instituciones deben cumplir respecto de la administración de sus colocaciones.

¿QUÉ HAGO SI UN TERCERO (DISTINTO DE MI BANCO ACREEDOR) ME INFORMA DEL INICIO DE UN JUICIO EN MI CONTRA POR LA DEUDA DEL CAE?

Usualmente esos avisos tienen el objetivo de publicitar los servicios de abogados, otros profesionales y/o empresas encargadas de realizar defensas en juicios de cobro de créditos u otras obligaciones; servicios por los cuales cobran una tarifa.

Es importante que tengas presente que aun cuando las acciones de cobranza judicial ya hayan sido iniciadas, es posible que regularices tu deuda sin que debas contratar y pagar honorarios adicionales de abogadas/os. Para eso, contacta al Área de Atención de Público de Comisión Ingresa y solicita orientación y asistencia para resolver y regularizar tu situación.

 

 

PUEDES PAGAR
HASTA EL DÍA 10

Las cuotas del Crédito CAE vencen los días 10 de cada mes, a las 14:00 horas; o al día hábil siguiente, si el 10 es sábado, domingo o festivo.

Ten presente ese plazo, en particular si has solicitado los beneficios de pago al día para deudores/as del Crédito CAE, ya que, si pagas después de esa fecha, te cobrarán la cuota sin descuento.

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