¿QUÉ SIGNIFICAN ALGUNOS TÉRMINOS DEL CONTRATO CAE?
Corresponde a la institución financiera que otorga y administra el Crédito con Garantía Estatal, servicio adjudicado mediante una licitación pública que realiza, anualmente, Comisión Ingresa.
Monto que establece anualmente el Ministerio de Educación para cada carrera e institución. Representa el valor máximo anual que un estudiante podrá solicitar para financiar su carrera con el Crédito CAE. Revisa los Aranceles de Referencia 2024.
Valor anual que cobra una Institución de Educación Superior por cada una de las carreras que imparte, sin considerar la matrícula. Este valor es informado por las propias casas de estudio.
Conjunto de normas y especificaciones que establecen las condiciones del servicio de financiamiento y administración que prestan las instituciones financieras.
Documento que suscribe el beneficiario del Crédito con el acreedor, en el cual se establecen los derechos y obligaciones de las partes.
Se entiende que existe deserción académica cuando el beneficiario, sin justificación, abandona los estudios durante 12 meses consecutivos.
Alumno que aprobó la totalidad de los cursos o créditos contemplados en la malla curricular del plan de estudios correspondiente, circunstancia que es informada por la institución de educación superior.
Plazo durante el cual el deudor no se encuentra obligado a realizar el pago del Crédito con Garantía Estatal. Este plazo será de 18 meses contados desde el egreso, o bien, de 02 meses contados desde la declaración de deserción académica.
Revisa cuándo inicia el cobro del Crédito CAE, AQUÍ.
Obligación que contrae el Fisco de Chile, para garantizar el pago del Crédito, en caso que el deudor no pueda efectuar el pago del financiamiento. Infórmate cómo funciona el pago de la Garantía estatal, AQUÍ.
Caución otorgada por la institución de educación superior, que garantiza el riesgo de incumplimiento de pago de los estudiantes que incurrieron en deserción académica.
Infórmate cómo funciona el pago de la garantía por deserción académica AQUÍ.
Monto fijo mensual que cobra el acreedor del CAE por prestar el servicio de administración del Crédito, desde su otorgamiento y hasta la extinción de la deuda.
Porcentaje del crédito que se paga en retribución por el préstamo de dinero recibido. La tasa de interés anual real aplicable a los créditos será de un 2% anual.
Corresponde al interés que se debe pagar por la penalización ante el incumplimiento en el pago del monto de capital adeudado.
Las cuotas del Crédito CAE se pueden pagar hasta los días 10 de cada mes, a las 14:00 horas. Cumplida esa fecha de vencimiento, la cuota está afecta a un interés penal por cada día de mora.
Título de crédito por el cual el beneficiario se compromete a efectuar el pago del Crédito con Garantía Estatal. Este documento se emite y se utiliza sólo en caso que deban ser realizadas gestiones de cobro judicial.
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LOS DÍAS MARTES 24 Y 31 DE DICIEMBRE 2024, LOS ASISTENTES DEL CALL CENTER DE COMISIÓN INGRESA (600 901 1000 - 2 235 36 770), ATENDERÁN LAS LLAMADAS HASTA LAS 13:30 HORAS
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