Comisión Ingresa redujo el número de documentos requeridos para postergar el pago de las cuotas del Crédito con Garantía Estatal (CAE), tanto en el caso de quienes están desempleados como de quienes se encuentran cesantes. Si estás sin trabajo, revisa esta noticia para conocer qué documentos se solicitan a partir de ahora para acceder a la suspensión de pago y cómo los podrás obtener.
Como beneficiario del Crédito con Garantía Estatal (CAE), recuerda que puedes solicitar que tus cuotas sean suspendidas por 6 meses (renovables), si no tienes trabajo.
Para acceder a este beneficio, tienes que completar la “Solicitud de Suspensión de Pago por Cesantía o Desempleo”, disponible todos los días del año en www.ingresa.cl, con tus datos personales; los documentos que acrediten que NO tienes actividades remuneradas; y los antecedentes de tu cónyuge o conviviente, si corresponde.
Si no estás al día con el pago de tu Crédito, debes enviar esa solicitud antes de que se cumplan 45 días corridos desde que incurriste en mora, es decir desde que venció tu última cuota.
Tanto para los deudores que ya están familiarizados con estas solicitudes como para quienes van a postergar sus cuotas por primera vez, es importante informarse de varios cambios y ajustes que se han implementado para simplificar el trámite.
¿CESANTE O DESEMPLEADO?
Al iniciar el llenado de la solicitud, en la sección “Información Personal”, se requiere que especifiques si estás cesante o desempleado. De la opción que elijas dependerá qué documentos deberás adjuntar al formulario.
¿Y cuál es la diferencia entre cesante y desempleado?
Pide la suspensión por:
¿QUÉ DOCUMENTOS SE CAMBIARON?
Una modificación muy importante en las Solicitudes de Suspensión de Pago es que se redujo de 6 a 4 los documentos exigidos a los deudores que están desempleados, para acreditar su situación.
En el caso de quienes están cesantes, ahora también tendrán que anexar 6 documentos en lugar de 8.
La mayoría de los documentos se obtienen a través de Internet. Revisa qué tendrás que adjuntar, en tu caso:
Necesito… |
Si solicito la suspensión por… | |
Cesantía | Desempleo | |
Declaración Jurada de Cesantía (se descarga desde el formulario de postulación y NO se firma ante Notario). | SÍ | SÍ |
Certificado o Declaración que acredite tu estado civil. | SÍ | SÍ |
Certificado de Afiliación a una AFP, emitido por la Superintendencia de Pensiones (obtenlo en www.safp.cl). | SÍ | SÍ |
Certificado de Remuneraciones Imponibles DE 24 MESES, con RUT del empleador, emitido por la AFP (descárgalo desde el sitio Web de tu AFP); o bien, Certificado de Sueldos y/o Pensiones del IPS, Capredena o Dipreca, según el sistema previsional que tenga (24 meses) | SÍ | Sólo si estás afiliado a una AFP |
Carpeta Tributaria para Solicitar Créditos del Servicio de Impuestos Internos (se baja desde www.sii.cl). | SÍ | SÍ |
Certificados que acrediten tu cesantía (finiquito; carta de renuncia o autodespido; etc.) | SÍ | NO |
¡MUY IMPORTANTE! La ley establece que los solicitantes de la Suspensión de Pago del CAE que estén casados o conviviendo, deben declarar los ingresos y situación laboral de la pareja, por lo tanto, si es tu caso, tendrás que anexar los documentos que acrediten lo señalado.
03/05/2018
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