Los/as deudores/as que han sido afectados/as por los incendios forestales de las regiones declaradas como zonas con estado de catástrofe (Biobío, Ñuble y Araucanía), podrán acceder a la Suspensión de Pago de su Crédito CAE sin necesidad de completar el formulario respectivo en www.ingresa.cl y de adjuntar la documentación habitual que se requiere para solicitar este beneficio.
La Suspensión de Pago del Crédito CAE consiste en la posibilidad de solicitar a Comisión Ingresa, la institución pública que administra esta ayuda del Estado, que no se cobren las cuotas durante 6 meses (período que puede ser renovado las veces que sea necesario mientras exista una circunstancia de incapacidad de pago). Las cuotas suspendidas se cobrarán al final del calendario de pago del deudor/a, manteniendo su mismo valor en UF y sin que se generen intereses por esta postergación de pago.
Aquellos/as deudores/as CAE afectados/as por los incendios que lo soliciten y que tengan pagada hasta la cuota de enero 2023, tendrán la flexibilidad de pedir esta Suspensión de Pago de su Crédito CAE sin necesidad de completar el formulario respectivo en www.ingresa.c y de adjuntar la documentación habitual que se requiere para pedir este beneficio.
Para acceder a la Suspensión de Pago, bastará que estos deudores/as envíen un email a [email protected], adjuntando:
1) sus datos personales (nombre completo, RUT, celular de contacto),
2) una copia o fotografía de la cédula de identidad por ambos lados,
3) algún documento que acredite que tienen domicilio en las zonas de catástrofe (por ejemplo: una cuenta de servicio básico; certificado de residencia emitido por una junta de vecinos; copia licencia de conducir; etc.), y
4) relato que dé cuenta de su situación de incapacidad de pago, producto del incendio que ha afectado a estas regiones del sur de Chile.
Adicionalmente, enviando los mismos antecedentes, los deudores/as CAE afectados por los incendios forestales, podrán solicitar extender el pago de las cuotas de febrero y de marzo 2023 de su crédito CAE, hasta el día 31 de marzo 2023, manteniendo el descuento que corresponde a la rebaja de la tasa de interés al 2% y/o el subsidio por cuota rebajada al 10% de su renta.
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