Comisión Ingresa amplió el plazo para que los beneficiarios que están pagando su crédito puedan recuperar los excedentes por las cuotas que pagaron, desde enero 2012, con la tasa de interés establecida en su contrato, vale decir sin la rebaja de la tasa de interés a UF +2% anual. Por eso, si aún no estás al día con tu Crédito, acércate a la brevedad a las sucursales de tu banco, regulariza la deuda y… ¡¡no te pierdas este beneficio!! Para más detalles, continúa leyendo esta noticia.
Para acceder a la rebaja de la tasa de interés, debes pagar cada cuota a más tardar el día de su vencimiento. El miércoles 5 de junio 2013, vence la próxima cuota. Si pagas después de esa fecha, deberás cancelar la cuota con la tasa de interés original (sin rebaja). |
Si ya estás pagando el Crédito con Garantía Estatal que financió tus estudios superiores, Comisión Ingresa te informa que ha determinado extender el período para que puedas acceder a la devolución de excedentes por las cuotas del año 2012 y 2013 que hayas pagado con la tasa de interés establecida en tu contrato y por lo tanto, mayor a UF +2% anual.
Se había señalado que los excedentes se devolverían sólo si el beneficiario estaba al día con su deuda del Crédito a más tardar el martes 5 de marzo 2013, plazo que ahora se ha ampliado hasta el mes previo a la entrada en vigencia del reglamento de la nueva ley del Crédito (lo que se informará oportunamente enwww.ingresa.cl).
1.- La rebaja de tus cuotas mensuales a la tasa de interés de UF + 2% anual, si pagas cada cuota antes de su fecha de vencimiento (día 5 de cada mes, o día hábil siguiente, si el día 5 es sábado, domingo o festivo), y además,
2.- Un descuento adicional en la cuota, que corresponde al excedente que pagaste con la tasa de interés original en todas tus cuotas del año 2012 y hasta febrero de 2013 (puesto que en marzo 2013, comenzó a operar la rebaja de la cuota a UF + 2% anual). Esa diferencia será descontada a partir de tu cuota de marzo o de abril 2013, en la medida que pagues hasta la fecha de vencimiento.
Si pagas después de la fecha de vencimiento, te corresponderá pagar la cuota con la tasa de interés establecida en tu contrato (sin rebaja y sin devolución de excedente)
|
1.- Acércate a tu banco acreedor y regulariza tu deuda, pagando las cuotas pendientes. Eso te permitirá obtener la rebaja de la tasa de interés a UF + 2% anual en las cuotas futuras (si pagas cada una de ellas antes de su fecha de vencimiento), y además,
2.- Tendrás en dichas cuotas futuras el descuento adicional por las mensualidades 2012 y 2013 que hayas cancelado con la tasa de interés original, siempre que pagues antes de la fecha de vencimiento.
Si pagas después de la fecha de vencimiento, te corresponderá pagar la cuota con la tasa de interés establecida en tu contrato (sin rebaja y sin devolución de excedente). |
Si tienes dudas, envía tus consultas a la casilla [email protected].
¿Tienes preguntas sobre el Crédito CAE?
¡PREFIERE LOS SIGUIENTES CANALES DE ATENCIÓN!