PARA SUSPENDER EL PAGO DEL CAE, ¡YA NO NECESITAS DECLARACIÓN JURADA DE CESANTÍA ANTE NOTARIO!

15.09.2017

Para que puedas acceder más fácilmente a la suspensión de pago de tus cuotas del Crédito CAE, si te encuentras sin trabajo, ya no es necesario que la Declaración Jurada que acredita tu cesantía/desempleo sea firmada en una notaría. Ahora basta que descargues y completes el documento-modelo que encontrarás en el Formulario de Suspensión de Pago, y una vez que lo firmes, simplemente lo adjuntas a la solicitud. Para más antecedentes, sigue leyendo.

 

¡ATENCIÓN! Sólo si eres soltero o convives con tu pareja, deberás adjuntar una declaración jurada notarial certificando esa circunstancia.

Recuerda que puedes pedir la suspensión de pago de tu Crédito con Garantía Estatal (Crédito CAE) en cualquier momento del año.

Tienes derecho a solicitar este beneficio si te encuentras sin trabajo y estás pagando las cuotas del CAE, o bien, si en tu caso,  falta un mes para que comience el cobro del Crédito.

El beneficio se otorga por 6 meses, período que podrás renovar las veces que sea necesario si continúas cesante o desempleado.

Para acceder al beneficio, sigue estos pasos:

1) Ingresa a https://cesantia1.ingresa.cl y completa el Formulario de Suspensión de Pago con tus datos personales y de contacto.

2) En el documento, también tendrás que precisar si estás pidiendo el beneficio por estar cesante (es decir, porque se terminó tu contrato de trabajo) o por estar desempleado (es decir, porque no has tenido empleo, o bien, porque siendo independiente, ya no tienes remuneración).

3) Deberás registrar además tu situación familiar (si estás soltero(a); casado(a); conviviendo; etc.), pues la ley establece que para otorgar este beneficio, se revisarán los ingresos del cónyuge, conviviente o conviviente civil. Sólo si eres soltero o convives con tu pareja, deberás adjuntar una declaración jurada notarial certificando esa circunstancia.

4) Antes de enviar la solicitud, tendrás que adjuntar los documentos requeridos para respaldar tus ingresos y los datos que registraste en el formulario.

¡En este paso, la novedad es que ya no es necesario que concurras a una notaría para firmar tu Declaración Jurada, certificando que estás cesante o desempleado! Lo que debes hacer ahora es descargar, completar y firmar el modelo de Declaración Jurada que está en el formulario,  y luego adjuntarlo, considerando los formatos permitidos (PDF, JPG, GIF, PNG, ZIP Y RAR).

5) Una vez enviada tu solicitud, Comisión Ingresa, validará que al momento de postular, no hayan pasado más de 45 días corridos desde que dejaste de pagar la deuda, y revisará además que la documentación que anexaste esté conforme a lo que exige la ley. Si hay reparos, recibirás un correo electrónico con las indicaciones para corregir los problemas.

Recibirás la respuesta a tu solicitud en un plazo no mayor a 30 días, en el correo electrónico que registraste en la plataforma; o bien, por carta enviada a tu domicilio, si solicitaste ser notificado(a) de esa manera.

Si obtienes la suspensión, el beneficio se aplicará por 6 meses (renovables), y las cuotas postergadas se cobrarán al final de tu cuadro de pago.

 

Para más información, pincha AQUÍ.

 

14 de septiembre de 2017.-

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