¿NO TIENES TRABAJO? PIDE LA SUSPENSIÓN DEL COBRO DE TU CAE

25.10.2016

Completa y envía el formulario electrónico que encontrarás en www.ingresa.cl y podrás postergar el cobro de tu crédito por 6 meses, período prorrogable las veces que necesites, enviando una nueva solicitud. ¡Revisa cómo postular, leyendo la siguiente noticia!

Si estás pagando las cuotas de tu Crédito con Garantía Estatal (CAE) o comenzarás a pagar en los próximos meses, y no tienes trabajo, solicita la Suspensión del Pago por Cesantía o Desempleo. El beneficio consiste en tu derecho a pedir que se postergue el cobro de tus cuotas por 6 meses, período que podrás extender las veces que quieras, mientras mantengas la incapacidad de pago. Las cuotas suspendidas se cobrarán al final de tu calendario de pagos.

¿Cómo postulo?

Completa y envía el Formulario Electrónico que está permanentemente disponible en www.ingresa.cl En ese documento, deberás declarar tus antecedentes personales, previsión social y de salud, además de acreditar tu condición de cesantía (si perdiste tu trabajo) o desempleo (si no has tenido una actividad remunerada en los últimos 12 meses).

REVISA QUÉ DOCUMENTOS DEBES PRESENTAR Y CÓMO OBTENERLOS AQUÍ

 

IMPORTANTE: Si hay algún reparo en los documentos que presentaste, Comisión Ingresa se contactará contigo para que puedas subsanarlo. Por esto es fundamental que registres correctamente tus datos de contacto.

¿Cuándo postulo?

Podrás solicitar el beneficio a partir del mes anterior al inicio del cobro de tu crédito; o en el momento en que lo necesites, si ya estás pagando tus cuotas.

Si ya tienes el beneficio y necesitas renovarlo por otros 6 meses, podrás enviar una nueva solicitud desde el mes anterior a que termine la suspensión.

Por ejemplo:

-Si comienzas a pagar en NOVIEMBRE, podrás enviar tu solicitud desde OCTUBRE.

-Si ya obtuviste suspensión del cobro entre DICIEMBRE Y MAYO, podrás solicitar la renovación del beneficio a partir de ABRIL.

Si estoy atrasado en el pago de mis cuotas, ¿puedo solicitar este beneficio?

Sí. Podrás pedir la Suspensión del Cobro siempre que no tengas una morosidad mayor a 45 días, contados desde la fecha en que dejaste de pagar. Si cumples este requisito, el beneficio aplicará desde tu primera cuota impaga.

Si tengo empleo, pero mis ingresos no son suficientes para pagar mis cuotas, ¿puedo postular?

No. En ese caso lo que puedes solicitar es que se rebajen tus cuotas al 10% de tu renta. Revisa cómo postular a ese beneficio AQUÍ.

 

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