A partir de julio 2017, Comisión Ingresa abrirá, todos los meses, la postulación a la Rebaja de Cuotas del CAE al 10% de la Renta, en www.ingresa.cl. Las solicitudes se recibirán al inicio de cada mes y el beneficio se aplicará a partir de la siguiente cuota. Por ejemplo, si postulas del 01 AL 05 DE JULIO 2017, la rebaja se aplicará desde tu cuota de AGOSTO 2017 a ENERO 2018.
¡Ahora podrás postular en cualquier mes del año! Desde julio 2017, el formulario para solicitar que tu cuota del Crédito con Garantía Estatal (CAE) no supere el 10% de tu renta, estará disponible 12 veces en el año, al inicio de cada mes (en lugar de 6 veces en el año, como era hasta ahora)
La primera postulación mensual a este beneficio comenzará a las 10:00 horas del sábado 01 de julio y hasta las 18:00 horas del miércoles 05 de julio 2017.
Para postular, tendrás que completar y enviar el Formulario de Rebaja de Cuotas, en www.ingresa.cl, con tus datos personales; tu tipo de dependencia laboral y la renta bruta que tuviste entre junio 2016 y mayo 2017 (ya sea que hayas tenido ingresos durante todo ese período o sólo algún(os) mes(es)).
Adicionalmente, tendrás que acreditar tu renta, adjuntando los siguientes documentos, según corresponda:
DOCUMENTOS SOLICITADOS |
TIPO DE DEPENDENCIA LABORAL |
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Dependiente (con contrato de trabajo) |
Independiente (trabajo a honorarios) |
Ambos (dependiente e independiente) |
|
Certificado de Afiliación a una AFP, otorgado por la Superintendencia de Pensiones. |
NO |
SÍ |
SÍ |
Certificado de Remuneraciones Imponibles emitido por tu AFP, IPS, Capredena o Dipreca (de 12 ó 24 meses, según si el documento incluye la totalidad de los meses detallados en el formulario de postulación). |
SÍ |
Sólo si estás afiliado a una AFP, aunque no cotices actualmente. |
SÍ |
Certificado de Sueldos emitido por tu(s) empleador(es). |
Sólo si tu sueldo bruto superó el tope imponible (por sobre $1.935.669), en alguno(s) de los meses solicitados. |
NO |
Sólo si tu sueldo bruto superó el tope imponible (por sobre $1.935.669), en alguno(s) de los meses solicitados. |
Carpeta Tributaria para Solicitar Créditos del Servicio de Impuestos Internos. |
SÍ |
SÍ |
SÍ |
Informe de Boletas de Honorarios (año actual y anterior), del Servicio de Impuestos Internos). |
NO
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SÍ |
SÍ |
Informe de Boletas Electrónicas de Prestación de Servicios de Terceros (BTE’s) recibidas (año actual y anterior). |
NO |
SÍ |
SÍ |
Documentos que acrediten otras rentas |
Será exigido sólo si declaras renta en la columna “Otros”. |
REVISA CÓMO OBTENER LOS DOCUMENTOS
Los resultados de la postulación se publicarán el 13 de julio, a las 16:00 horas.
Si tu solicitud es rechazada o no estás de acuerdo con el cálculo del 10% de tu renta podrás apelar a partir de las 17:00 horas de ese mismo día (13 de julio) y hasta las 18:00 horas del 19 de julio.
El descuento se aplicará a las 6 cuotas inmediatamente posteriores al envío de tu solicitud (es decir, de AGOSTO 2017 a ENERO 2018, en la medida que el 10% de tu renta sea menor que la cuota cobrada por el banco y siempre que pagues esas mensualidades antes de su vencimiento (las cuotas vencen los días 5 de cada mes a las 14:00 horas; o al día hábil siguiente si el 5 es sábado, domingo o festivo).
¡Atención! Si te atrasas y pagas la cuota vencida, por ese mes el banco cobrará la cuota con su valor original. |
Podrás renovar el beneficio todas las veces que sea necesario. Si quieres extender el descuento por otros 6 meses de manera ininterrumpida, tendrás que enviar tu nueva solicitud en ENERO 2018.
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