¿Tu cuota del Crédito CAE supera el 10% de tu renta? ¡Entonces, prepárate para postular a este beneficio! Porque entre el 3 Y EL 23 DE MARZO, podrás completar y enviar un formulario, en www.ingresa.cl, solicitando que tus cuotas sean rebajadas al 10% de lo que ganas. La diferencia la subsidiará el Estado y no tendrás que devolverla. ¿Quiénes pueden pedir este beneficio en marzo? ¿Cómo se postula? ¡Continúa leyendo esta noticia!
Recuerda que como deudor del Crédito con Garantía Estatal (CAE), tienes derecho a pagar como máximo el 10% de tu renta bruta, mensualmente. Por eso, si la cuota que te cobran (con tasa reducida al 2%) supera ese porcentaje de tu renta, solicita a Comisión Ingresa que rebaje tu mensualidad.
¿Cómo hacerlo? Cada dos meses, Comisión Ingresa pone a disposición de los deudores del CAE, en su sitio web oficial, www.ingresa.cl, un formulario de postulación a este beneficio. En ese documento, tendrás que ingresar tus antecedentes personales e informar tu situación laboral actual. Asimismo, deberás declarar la renta bruta que hayas percibido, de manera permanente o esporádica, en los últimos doce meses.
Si tu cuota del CAE supera el 10% de la renta bruta promedio que obtuviste en ese período, Comisión Ingresa rebajará tu mensualidad y tendrás derecho a pagar el equivalente a ese porcentaje durante 6 meses, período que podrás renovar las veces que sea necesario, presentando una nueva solicitud para cada prórroga.
Por ejemplo, si tu cuota es de $50.000, pero el promedio de tu renta en el último año ha sido de $300.000, tendrás derecho a pagar $30.000 mensuales. La diferencia de $20.000, la subsidiará el Estado y no tendrás que devolverla en el futuro.
¿QUIÉNES PUEDEN POSTULAR ENTRE EL 3 Y EL 23 DE MARZO 2015?
¡OJO CON ESTAS FECHAS!
El resultado de la postulación de MARZO se publicará el 7 DE ABRIL, en www.ingresa.cl. Quienes no logren el beneficio o no estén de acuerdo con el cálculo de su nueva cuota, podrán apelar entre el 13 y el 17 de abril.
La rebaja se aplicará desde mayo y hasta octubre 2015 (seis meses), en la medida que las cuotas sean pagadas antes de su vencimiento (las cuotas vencen los días 5 de cada mes o al día hábil siguiente, si el 5 es sábado, domingo o festivo).
Este beneficio se puede renovar todas las veces que sea necesario. Si lo obtienes en la postulación de MARZO y quieres extender el derecho a cuotas rebajadas más allá de octubre, tendrás que postular nuevamente en septiembre próximo.
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