Ahora que eres beneficiario del Crédito con Garantía Estatal (CAE), recuerda que podrás utilizar esta ayuda estudiantil para financiar todos los años que dure tu carrera. Es muy importante que tengas presente, eso sí, que para obtener ese financiamiento, deberás solicitar tú mismo el monto que vas a requerir en cada año académico, a través de www.ingresa.cl. Sigue leyendo para informarte de tus derechos y responsabilidades como beneficiario.
Si este 2017 firmaste el contrato del CAE, recuerda que la Ley 20.027, que rige a esta ayuda estudiantil, establece que NO tienes obligación de pagar este crédito mientras estés cursando tu carrera.
Si voluntariamente te interesa pagar mensualmente el interés y la comisión de administración del CAE, para que no se sumen a la deuda, podrás hacerlo, en las sucursales de tu banco acreedor, una vez que el Crédito haya sido transferido a tu institución de Educación Superior.
¿CÓMO TENGO QUE RENOVAR EL CAE?
Para obtener el Crédito CAE para los próximos años académicos, tendrás que seguir estos pasos:
1.- Especificar el financiamiento que vas a necesitar, completando el Formulario de Solicitud de Monto, a través del Portal del Beneficiario de www.ingresa.cl, en el plazo de renovación que se informará oportunamente a través de esa misma página Web. Sólo podrás obtener financiamiento si solicitas formalmente el Crédito, cumpliendo con este trámite electrónico.
En la Solicitud de Monto deberás precisar si vas a requerir:
¡Importante! Si firmaste el CAE este año, tendrás acceso al Portal del Beneficiario, a partir de diciembre 2017. |
2.- Matricularte para el año siguiente, en los plazos establecidos por tu institución, cumpliendo con los requisitos académicos exigidos por la casa de estudios para mantener este beneficio. Como referencia, infórmate de las exigencias que tuvo tu institución este 2017.
3.- Revisar el resultado de la renovación del CAE, en abril/mayo de cada año, digitando tu RUT en www.ingresa.cl. Tu mensaje indicará tu situación final con el CAE; si adviertes algún error, deberás contactar de inmediato al Área de Ayudas Estudiantiles de tu institución para que se corrija información respectiva.
¿QUÉ PASA SI DECIDO CONGELAR? ¿Y SI ME TRASLADO A OTRA CARRERA?
Según la Ley 20.027, que rige al Crédito CAE, tienes derecho a realizar los siguientes movimientos académicos:
1.- Cambio de carrera y/o institución: puedes realizar un único cambio de carrera y/o de institución sin perder el Crédito. El cambio se contabilizará sólo si efectivamente utilizas el financiamiento en el nuevo plan de estudios.
2.- Continuidad de estudios: si estás matriculado en una carrera técnica o profesional sin licenciatura, podrás hacer continuidad de estudios en otra de mayor rango académico y misma área de conocimiento.
3.- Suspensión o congelamiento de estudios: puedes no tener matrícula activa hasta por un año académico completo, sin perder el financiamiento.
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07/08/2017
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