57.800 DEUDORES DEL CRÉDITO CAE SOLICITARON LA SUSPENSIÓN DE SU PAGO EN 2023, POR ESTAR SIN TRABAJO

04.03.2024

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¿CUÁNDO PARTE EL COBRO DEL CRÉDITO CAE?

Comienza:

  • Al mes 19, contado desde la fecha de tu egreso (registrada por tu institución de estudios en el Sistema del CAE), o bien,
  • Si se cumplen dos años consecutivos sin registro de tu matrícula. En tal caso, Comisión Ingresa notificará al banco que te entregó el financiamiento, que dejaste los estudios sin terminar. Al declararse tu deserción académica, el cobro se iniciará en noviembre del segundo año sin matrícula informada.

¿DÓNDE SE PAGAN LAS CUOTAS DEL CRÉDITO CAE Y CUÁNDO VENCEN?

Las cuotas las debes pagar al banco que administró tu Crédito CAE hasta las 14:00 horas del día 10 de cada mes, o día hábil siguiente, si el 10 es sábado, domingo o festivo.

Revisa los medios de pago en línea y presencial que tiene tu banco administrador del CAE,  AQUÍ.

¿HAY BENEFICIOS DE PAGO PARA LOS DEUDORES DEL CRÉDITO CAE?

Los dos principales beneficios, a los que puedes optar mediante un trámite online, en cualquier día del año, son los siguientes:

  1. REBAJA DE CUOTAS AL 10% DE LA RENTA.

Permite que solicites a Comisión Ingresa que se rebaje el monto de tu cuota del CAE al 10% de tu renta bruta promedio del último año, si el valor mensual que estás pagando es mayor que eso. De cumplirse esa condición, el descuento aplica siempre que estés al día en el pago de la deuda, tal como lo exige la ley.

  • ¿Y la diferencia hay que devolverla después? No, la diferencia de monto con la cuota original, la pagará el Estado y no tendrás que devolverla, porque es un subsidio.
    • ¿Cuántas cuotas puedo pagar con ese descuento? La rebaja se otorga por 6 meses y se puede renovar ese período las veces que sea necesario, mientras puedas acreditar que tu cuota del CAE es mayor que el 10% de tu renta. Para cada renovación de 6 meses, hay que enviar la solicitud online.
    • ¿Dónde solicito este beneficio? En http://contingencia.ingresa.cl
    • ¿Qué antecedentes se requieren en el formulario?
  • Tienes que registrar tus antecedentes personales;
  • El tipo de dependencia laboral que has tenido en los últimos 12 meses (dependiente y/o independiente);
  • Registrar los ingresos que tengan un origen diferente a sueldo u honorarios, por ejemplo, si en los últimos 12 meses, percibiste ganancias de capital, retiros, dividendos, etc.
  • ¡IMPORTANTE! NO necesitas declarar tu sueldo o tus ingresos por honorarios, porque Comisión Ingresa obtendrá esos datos directamente desde otras fuentes de información (como Previred y el Servicio de Impuestos Internos).
  1. SUSPENSIÓN DEL COBRO SI NO TIENES TRABAJO.

Permite solicitar a Comisión Ingresa que se postergue el pago del Crédito CAE, si te encuentras cesante o desempleado, siempre que no tengas una morosidad mayor a 45 días.

  • ¿Dónde solicito este beneficio? En http://cesantia.ingresa.cl
  • ¿Cuántas cuotas puedo suspender? El beneficio se otorga por 6 meses, período renovable mientras se mantenga la incapacidad de pago. Las cuotas suspendidas se postergan al final del cuadro de pagos, manteniendo el mismo valor de la UF y sin generar intereses por la suspensión.
  • ¿Qué necesito para enviar la solicitud?
    • Tienes que registrar tus antecedentes personales;
    • Especificar si tu solicitud es por cesantía (es decir, si tienes pago de cotizaciones previsionales obligatorias, en los últimos 12 meses) o por desempleo (sin pago de cotizaciones previsionales obligatorias, en los últimos 12 meses).

Si no sabes en qué mes/año debes comenzar a pagar tu Crédito CAE o bien, necesitas más orientación acerca de estos beneficios, escribe al Sistema de Atención de Consultas digitando tu RUT y Clave Única o Clave Ingresa, o bien, a nuestra página oficial de Facebook.

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