Si solicitaste la rebaja de tus cuotas del Crédito con Aval del Estado a un 10% de lo que ganas, el MARTES 4 DE FEBRERO deberás revisar si el beneficio te fue asignado y el monto que te corresponderá pagar por los próximos seis meses.
Para ver tu resultado, deberás digitar tu RUT y contraseña en el mismo formulario electrónico que utilizaste para postular, en www.ingresa.cl.
APELACIONES: DEL 11 AL 17 DE FEBRERO Si tu postulación fue rechazada o no estás de acuerdo con el cálculo de tu cuota rebajada, podrás presentar una apelación electrónica ente el 11 y el 17 de febrero, enwww.ingresa.cl. |
¿En qué consiste el pago de cuotas del 10% de la renta? Se trata de un subsidio que otorga el Estado a los deudores del CAE, cuya cuota supera el 10% del promedio de renta bruta que han percibido en los últimos doce meses.
En la práctica, si tu cuota es de $50.000, pero el promedio de tu renta es de $300.000, tendrás derecho a pagar cómo máximo una cuota mensual de $30.000. La diferencia la cubrirá el Estado y no tendrás que devolverla a futuro.
Este beneficio se asignó por primera vez en julio del año pasado, instancia en la que los deudores obtuvieron sobre un 40% de descuento en el valor de sus cuotas. Por eso, si solicitaste el subsidio, revisa tu resultado sin falta el martes 4 de febrero, digitando tu RUT y clave de acceso a través del mismo formulario de postulación de www.ingresa.cl, y sigue atentamente las indicaciones.
Si logras la rebaja, tu mensaje te indicará el valor de la nueva cuota que podrás pagar entre marzo y agosto 2014. Asimismo, se te indicará si corresponde devolver los excedentes por aquellas mensualidades canceladas entre enero 2012 y junio 2013, que excedieron el 10% de tu renta, siempre que hayas postulado a ese beneficio.
Ten presente que el subsidio aplicará sólo en la medida que pagues las cuotas al día; es decir, a más tardar en su fecha de vencimiento. Si te atrasas, por ese mes tendrás que cancelar la cuota con su valor original.
DEL 11 AL 17 DE FEBRERO: PLAZO PARA APELAR
Si tu postulación NO fue acogida, tu mensaje explicará las razones del rechazo, las que podrían estar relacionadas con reparos en la documentación enviada o que tu cuota sea inferior al 10% de tu renta. De ser así, podrás presentar una apelación electrónica entre el 11 y el 17 de febrero, a través de un formulario contenido en tu mensaje de postulante de www.ingresa.cl.
También tendrás derecho a apelar si fuiste beneficiado, pero estás en desacuerdo con el cálculo de tu nueva cuota.
El resultado de la apelación se publicará el 25 de febrero, en www.ingresa.cl.
Las fechas de la próxima postulación a las cuotas del 10% de la renta, será informadas oportunamente por Comisión Ingresa; es recomendable que te mantengas atento y revises periódicamente las noticias dewww.ingresa.cl.
¿PUEDO OPTAR AL BENEFICIO SI NO ESTOY TRABAJANDO? No. Si estás cesante o desempleado, por lo que no percibes remuneraciones, debes solicitar a Comisión Ingresa que suspenda el cobro de tus cuotas, completando y enviando el formulario electrónico que encuentras pinchando AQUÍ. El beneficio se otorga por seis meses y se puede renovar todas las veces que sea necesario. ¡Importante! Para solicitar la suspensión, tu morosidad no puede exceder los 45 días. |
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LOS DÍAS MARTES 24 Y 31 DE DICIEMBRE 2024, LOS ASISTENTES DEL CALL CENTER DE COMISIÓN INGRESA (600 901 1000 - 2 235 36 770), ATENDERÁN LAS LLAMADAS HASTA LAS 13:30 HORAS
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