Para solicitar el beneficio, completa y envía el formulario que encontrarás en www.ingresa.cl. Con los datos que registres, Comisión Ingresa calculará el 10% de tu renta bruta promedio del último año. Si ese monto resulta ser menor que tus cuotas del CAE, tendrás derecho a obtener el descuento entre MARZO Y AGOSTO 2017. ¡Revisa cómo postular, leyendo la siguiente noticia!
Si ya estás pagando tu Crédito CAE, o comenzarás a hacerlo en los próximos meses, del 3 al 17 de Enero (hasta las 18:00 horas) solicita a Comisión Ingresa que calcule el 10% de tu renta bruta promedio del último año. Si tu cuota actual (con tasa 2%) es mayor que ese monto, podrás pagar con el descuento entre MARZO Y AGOSTO 2017. La diferencia la subsidiará el Estado y NO tendrás que devolverla en el futuro.
Por ejemplo: si tu cuota es $70 mil y tu renta bruta promedio del último año es $400 mil, puedes pedir que tu cuota se rebaje a $40 mil. Los $30 mil de diferencia serán pagados por el Estado.
Para pedir el descuento, completa y envía el formulario electrónico que encontrarás en www.ingresa.cl. En él deberás registrar tu renta bruta de los últimos 12 meses, ya sea hayas tenido ingresos durante todos esos meses, o sólo en algunos de ellos.
Adicionalmente, se te pedirá adjuntar documentos que permitan acreditar los datos que registres. Revisa cuáles son y cómo obtenerlos AQUÍ.
¿Quiénes pueden postular del 3 al 17 de Enero 2017?
Pueden postular los beneficiarios, ya sea que hayan egresado de su carrera o que dejaron los estudios sin terminar, que cumplan alguna de estas condiciones:
RESULTADOS: 31 DE ENERO 2017
El resultado de tu solicitud se informará el martes 31 de Enero, a partir de las 16:00 horas. Para revisarlo, deberás ingresar a la misma plataforma de postulación de www.ingresa.cl. Si tu solicitud es rechazada por problemas con los documentos que enviaste, o no estás de acuerdo con el cálculo del 10% de tu renta, podrás presentar una apelación entre el 06 y 10 de Febrero, a través de la misma plataforma.
¡IMPORTANTE! El descuento se hace efectivo siempre que estés al día con tu deuda y pagues las cuotas antes de su fecha de vencimiento mensual (los días 5 de cada mes hasta las 14:00 horas, o el día hábil siguiente, si el 5 es sábado, domingo o festivo). |
¿No tienes empleo? Entonces pide la Suspensión del Cobro por Cesantía o Desempleo AQUÍ.
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