25 DE AGOSTO: RESULTADO DE LA APELACIÓN A LAS CUOTAS REBAJADAS AL 10% DE TU RENTA

17.08.2015

Si entre el 10 y el 14 de agosto, solicitaste que Comisión Ingresa revisara nuevamente tu postulación para rebajar las cuotas del CAE, el próximo MARTES 25 DE AGOSTO (en la tarde), podrás ver si tu apelación fue acogida, en www.ingresa.cl. Los deudores que hayan obtenido el beneficio en la postulación regular o en la apelación, podrán pagar cuotas del 10% de lo que ganan entre SEPTIEMBRE 2015 y FEBRERO 2016.

 

1 AL 21 DE SEPTIEMBRE: PRÓXIMA POSTULACIÓN

Para revisar el resultado de tu apelación, tendrás que digitar tu RUT y contraseña en la misma plataforma que utilizaste al postular.

Ten presente que si consigues la rebaja, o bien ya la obtuviste en el período regular de postulación, el beneficio se aplicará desde SEPTIEMBRE 2015 a FEBRERO 2016, siempre y cuando pagues esas cuotas antes de su fecha de vencimiento.

 

¡Atención! Las cuotas vencen los días 5 de cada mes; si el 5 es sábado, domingo o festivo, vencerán al día hábil siguiente.

Este subsidio del Estado dura seis meses y no tendrás que devolverlo. Además, podrás renovarlo todas las veces que sea necesario. Por ejemplo, si tu derecho a pagar cuotas rebajadas termina en febrero 2016, podrás extender el subsidio, postulando en ENERO 2015, de modo de seguir pagando cuotas del 10% de tu renta entre marzo y agosto del próximo año.

1 AL 21 DE SEPTIEMBRE: PRÓXIMA POSTULACIÓN

Si tu apelación es rechazada, no existirá otra instancia para revisar tu solicitud. En tal caso, la opción es que postules nuevamente en el siguiente período (septiembre 2015), para rebajar las cuotas que se cobren desde NOVIEMBRE 2015 a ABRIL 2016.

En la postulación que se realizará entre el 1 y el 21 de septiembre, podrán postular:

  • Quienes están pagando el CAE, pero no cuentan con el beneficio;
  • Quienes obtuvieron la rebaja en períodos anteriores y quieren renovar el subsidio por otros seis meses (noviembre 2015 a abril 2016);
  • Quienes empezarán a pagar en los próximos meses (hasta diciembre 2015).

SI NO TENGO TRABAJO, ¿PUEDO ACCEDER A ESTE BENEFICIO?

Si estás cesante o desempleado y, por tanto, no tienes renta, no podrás acceder a la rebaja. Sin embargo, podrás pedir que el cobro de tus cuotas sea suspendido a través de www.ingresa.cl. Infórmate AQUÍ.

 

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