Hasta el MIÉRCOLES 22 DE ENERO 2014 se amplió el plazo para que los deudores del Crédito con Garantía Estatal (CAE) soliciten cuotas rebajadas al 10% de lo que ganan, si lo que actualmente pagan es mayor a ese monto. La diferencia la pagará el Estado, sin que el deudor tenga que devolverla a futuro. Para acceder al beneficio, completa y envía el formulario electrónico disponible en www.ingresa.cl El mismo trámite debes hacer si ya tienes este subsidio y quieres renovarlo por otros 6 meses. Conoce el resultado de tu postulación el 4 de febrero, ingresando nuevamente al formulario con tu RUT y contraseña.
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¿En qué consiste el Pago del CAE Contingente a la Renta? Es un beneficio que te permite pagar no más del 10% de lo que ganas, si tu cuota actual, rebajada con la tasa de interés del 2%, es mayor que ese monto. En tal caso, lo que falta para completar tu cuota, lo subsidiará directamente el Estado y no tendrás que devolverlo a futuro.
Por ejemplo, si estás al día con tu Crédito y pagas cuotas de $50.000, pero tu renta imponible ha sido de $300.000 mensuales como promedio en el último año, podrás solicitar que te cobren no más de $30.000 al mes, pagando el Estado la diferencia.
El nuevo beneficio se asigna por seis meses y puedes renovarlo cuantas veces sea necesario, acreditando tu renta bruta del último año.
Para solicitar este subsidio, acredita la renta bruta que obtuviste entre enero y diciembre 2013, en el formulario electrónico que encontrarás en www.ingresa.cl El plazo para hacerlo se extendió hasta el 22 de enero de 2014. Quienes no alcancen a enviar su solicitud hasta esa fecha, tendrán que esperar hasta julio 2014, mes en que se abrirá una nueva postulación.
Como este beneficio tiene efecto retroactivo, si en 2012 y hasta junio 2013 pagaste cuotas que superaron el 10% de tu renta, el formulario electrónico te dará la opción de pedir la devolución de esos excedentes.
Para conocer el resultado de tu postulación al Pago de Cuotas del CAE Rebajadas al 10% de la Renta, el 4 de febrero 2014 deberás ingresar nuevamente al formulario con tu RUT y contraseña.
Si tu solicitud fue rechazada o no estás de acuerdo con el cálculo de la nueva cuota, tendrás derecho a apelar, del 11 al 17 de febrero.
La rebaja se aplicará a las cuotas de marzo a agosto 2014, siempre que te mantengas al día en el pago de la deuda.
¿QUIÉNES PUEDEN POSTULAR, EN ENERO, A LA CONTINGENCIA A LA RENTA?
SUSPENSIÓN DEL COBRO POR INCAPACIDAD DE PAGO
¡Atención! Si perdiste tu trabajo o no has encontrado uno, corresponde que solicites a Comisión Ingresa que el banco suspenda el cobro de tus cuotas por cesantía o desempleo. Para eso debes completar y enviar el formulario electrónico que encuentras permanentemente en www.ingresa.cl
El requisito para pedir este beneficio es no tener una mora mayor a 45 días al momento de presentar la solicitud y acreditar la situación familiar, laboral y socioeconómica en el formulario de postulación.SOLICITA LA SUSPENSIÓN DEL COBRO DEL CAE, PINCHANDO AQUÍ.
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